

El Juzgado Federal N°2 de Catamarca ordenó que la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) restablezca en 24 horas todas las pensiones por invalidez suspendidas en la provincia y pague los haberes adeudados. Además, prohibió nuevas suspensiones mientras se resuelve el caso.
El fallo, dictado por el juez Guillermo Díaz Martínez, responde a un amparo colectivo presentado por organizaciones de personas con discapacidad, ciudadanos afectados y el Defensor del Pueblo provincial.
La demanda cuestiona el decreto 843/24, que impone requisitos más estrictos para acceder a las pensiones (como el 66% de incapacidad laboral y no tener empleo formal), lo que para los amparistas vulnera derechos adquiridos y principios constitucionales como la progresividad y la no regresividad.
También se denunció que las auditorías se realizaron de forma irregular: con notificaciones defectuosas, plazos muy breves y centros de atención alejados, lo que generó una “carga irrazonable” para los beneficiarios. En algunos casos, ni siquiera había personal para hacer las revisiones cuando los pensionados se presentaban.
Las suspensiones comenzaron en julio, y muchos afectados se enteraron al no cobrar. Luego, recibieron cartas documento con errores y poca anticipación. Para la Justicia, esto afectó el derecho a la defensa y al debido proceso.
Aunque el fallo solo aplica a Catamarca, podría sentar un precedente importante para otras provincias.