jueves 12 de marzo de 2026 - Edición Nº911

Internacionales | 12 mar 2026

Ecuador aprueba el reconocimiento de identidad de género para adolescentes

La Corte Constitucional de Ecuador permite a adolescentes cambiar su género en documentos de identidad con requisitos específicos, aunque hay críticas sobre su accesibilidad.


La comunidad trans en Ecuador celebró el jueves un fallo de la Corte Constitucional que permite a los adolescentes solicitar el cambio de género en sus documentos de identidad. Sin embargo, algunos miembros de esta comunidad advierten que los requisitos establecidos podrían restringir el acceso a este derecho. Al mismo tiempo, grupos religiosos han expresado su desacuerdo con la decisión.

La legislación actual en el país andino solo permite a las personas mayores de 18 años modificar su género en la cédula de identidad, ya que la Constitución reconoce la mayoría de edad a partir de esa edad.

Con el nuevo dictamen, se abre la posibilidad para que los menores de edad realicen este trámite, siempre y cuando cuenten con el respaldo de sus representantes legales y presenten "informes psicosociales" que demuestren que el solicitante tiene la madurez necesaria para tomar decisiones informadas y voluntarias.

"Este fallo marca un hito histórico para la comunidad trans en el país", afirmó a la prensa Diane Rodríguez, directora de la Asociación Silueta X. Rodríguez subrayó que esta conquista se suma a la posibilidad de cambiar nombres en la cédula de ciudadanía y a los derechos de cambio de género opcional para adultos. "Se ha establecido un cimiento para la autonomía de los menores de edad", agregó.

A pesar de la celebración, Rodríguez también hizo hincapié en los aspectos restrictivos de la sentencia. "Muchos jóvenes trans no cuentan con el apoyo de sus padres, especialmente en la adolescencia. Además, el proceso de obtener un informe psicosocial puede ser costoso y demorar mucho tiempo", explicó.

Desde una perspectiva opuesta, Dany Díaz, miembro del Grupo Católico Mariano, criticó la decisión, argumentando que los adolescentes no tienen la madurez necesaria para tomar decisiones de este tipo. "Es preocupante que se les permita hacer elecciones tan significativas cuando no pueden satisfacer sus necesidades básicas", expresó.

La Corte Constitucional tomó esta decisión tras una consulta de constitucionalidad presentada por los padres de un adolescente de 15 años, a quien el Registro Civil le negó la modificación de su identidad de género. Los padres argumentaron que la negativa afectó los derechos de su hijo al libre desarrollo de la personalidad y a la identidad, al ignorar la capacidad de los adolescentes para ejercer sus derechos de manera progresiva.

El alto tribunal determinó que la normativa que exige la mayoría de edad para la rectificación de la identidad de género en documentos es inconstitucional cuando se cumplen ciertos requisitos.

La organización de derechos humanos, Human Rights Watch, calificó el fallo como un avance significativo para los derechos de los jóvenes trans. En un comunicado, destacaron que la protección constitucional no debe basarse en criterios rígidos sobre la edad que ignoren las realidades vividas por los adolescentes y su derecho a ser escuchados.

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